Si quiere reducir la tributación de sus hijos cuando éstos hereden los inmuebles de los que usted es propietario, plantéese dejar la nuda propiedad de dichos inmuebles a sus nietos…
Inmuebles. A lo largo de los años, usted ha conseguido acumular un patrimonio inmobiliario. No obstante, teme que cuando sus hijos lo hereden, se vean obligados a satisfacer un Impuesto sobre Sucesiones elevado. Apunte. Un conocido suyo le ha comentado que, contratando a una persona a jornada completa para que gestione los inmuebles alquilados, puede reducir el coste de este impuesto; pero en su caso su patrimonio no es lo suficientemente elevado para soportar el coste de dicha contratación. ¿Dispone de otra alternativa?
Incluya a sus nietos. Pues bien: si tiene nietos, una buena opción para reducir el coste del Impuesto sobre Sucesiones es declarar herederos a sus hijos, pero constituyendo legados a favor de sus nietos, de forma que éstos reciban la nuda propiedad de los inmuebles.Apunte. De ese modo, sus hijos seguirán percibiendo las rentas que generen los inmuebles (como usufructuarios), pero logrará repartir su herencia entre más personas, de forma que la tributación global será inferior.
Menos coste. En concreto, dicha menor tributación global se dará por dos motivos:
Un hijo y dos nietos. Usted es viudo y tiene un hijo y dos nietos. Su patrimonio está compuesto por la vivienda habitual valorada en 300.000 euros, varios locales que alquila valorados en un millón de euros, y otros bienes (ajuar doméstico incluido) por valor de 120.000. Apunte. Pues bien, si en el momento de transmitir la herencia su hijo tiene 60 años y sus nietos, 25 y 19, dejar el usufructo de los locales a sus nietos supondrá un ahorro global en el Impuesto sobre Sucesiones de 98.730 euros:
Concepto | Sin nietos | Con nietos | ||
Hijo | Hijo | Nieto 1 | Nieto 2 | |
Base imponible (1) | 1.420.000 | 810.000 | 305.000 | 305.000 |
Red. parentesco (2) | -15.957 | -15.957 | -15.957 | -23.939 |
Red. viv. habitual | -122.606 | -122.606 | – | – |
Base liquidable | 1.281.437 | 671.437 | 289.043 | 281.061 |
Cuota (3) | 363.811 | 161.771 | 52.673 | 50.637 |
Cuota total | 363.811 | 265.081 |
1. Al tener el hijo 60 años, el usufructo de los locales se valora en el 29% del valor de éstos (89-60); es decir, 290.000 euros. El resto (la nuda propiedad) es para los nietos a partes iguales (710.000 / 2).
2. La reducción para descendientes es de 15.997 euros, pero aumenta en 3.991 euros por cada año que el descendiente tenga menos de 21 (caso del Nieto 2).
3. Cuota según tarifa estatal. Las reducciones y tipos aplicables pueden variar en función de la comunidad autónoma de que se trate.
Conclusión. Si tiene nietos, utilice esta alternativa para repartir el importe de la herencia y reducir el coste del Impuesto sobre Sucesiones.
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Buenos tardes. Tengo una duda. Una abuela tiene dos hijos(hijo e hija), la hija falleció hace años, y tuvo una hija. La abuela en su testamento lega los ahorros del banco todo a su hijo. En cuanto a la vivienda, por ejemplo, si la venta de la vivienda es de 160.000 euros, lega el 75% de la venta de la vivienda al hijo, y el 25% a la nieta. Hay problema de hacerlo así conforme al deseo de la abuela.
Si no hay parentesco,cuanto supone el impuesto de sucesiones habiendo testamento, en un inmueble valorado en 200000 en Barcelona,Cataluña
lo que no explican ustedes al posterior fallecimiento del hijo el usufructuario que pagaran los nietos y las consecuencias del usufructo.segun se la disponibilidad del 100% de la vivienda es como venderla y repartir sera pasados 10años del fallecimiento para que se anule el usufructo.Hasta los 10años no es judicialmente fallecido sino desaparecido de igual forma sino hay cuerpo de la victima pescador ahogado la viuda no puede solicitar paga alguna su marido esta desaparecido hasta 10años