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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
23 de septiembre de 2020

Validez de registro consentido por el cónyuge del acusado

El TS confirma la sentencia de instancia, pues agentes solicitan el acceso a la pareja del acusado, registran el inmueble y encuentran el depósito de armas, habiéndose acreditado que hubo consentimiento libremente emitido, por lo que no hay violación de la intimidad domiciliaria.

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E l recurrente entiende que se
efectuó la entrada y registro sin autorización judicial y con el solo
consentimiento de la esposa del acusado, que estima insuficiente y por ello
considera nula la prueba. Afirma que existía entre ambos esposos conflicto de
intereses al hallarse prácticamente rota la relación matrimonial.

La Sala entiende que no es
argumento que lleve consigo a la nulidad de la diligencia que los agentes
optaran por la vía de la petición de acceso voluntario en lugar de acudir a la
orden judicial, ya que la vía de ese acceso es doble, y no existe nulidad de lo
actuado por la circunstancia de que se haya optado por solicitar el
consentimiento, y obtenerlo de uno de los moradores que no tiene la categoría
de "tercero", sino que es la propia esposa del recurrente, lo que
evidencia la legitimación de la misma para conceder la autorización, como así
hizo y consta expresamente, y la correspondiente legitimación de los agentes
para llevar a cabo el acceso al inmueble una vez obtuvieron el consentimiento
para llevarlo a cabo con el resultado que consta en los hechos probados.

Además, no existe acreditado
conflicto de intereses según resulta de la prueba practicada y que ningún
conflictivo de intereses se acreditó que existiera entre los miembros del
matrimonio que invalide el consentimiento otorgado por la esposa del acusado,
ya que:

a) Vivían juntos.

b) Ella era moradora de la
vivienda cuando prestó el consentimiento de acceso al inmueble para el registro
a los agentes. No se trataba de un tercero ajeno al inmueble quien autoriza la
entrada.

c) El acusado fija el nombre de
ella el recurrente al salir de prisión.

d) Cuando es detenido a quien
llama es a ella.

e) No es ella la que inicia el
proceso.

Por tanto, no está acreditado que
entre los miembros del matrimonio existiera algún tipo de conflicto de
intereses que invalidara el consentimiento otorgado.

Y en los supuestos de pluralidad
de moradores esta Sala ha declarado que no es necesario que la autorización
parta de todos ellos o que todos se hallen presentes. El sistema procesal español
no exige la presencia litisconsorcial de todos los moradores como presupuesto
de legitimidad de la entrada y registro judicialmente autorizadas. Todo ello
sin perjuicio de reconocer que el consentimiento del titular del domicilio al
que la Constitución se refiere no puede prestarse válidamente por quien se
halla, respecto al titular de la inviolabilidad domiciliara en determinadas situaciones
de contraposición de intereses, lo que no ocurre en el presente caso

STS (PENAL) DE 17 JULIO DE 2020. EDJ 2020/605324 ​​​

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Validez de registro consentido por el cónyuge del acusado

El TS confirma la sentencia de instancia, pues agentes solicitan el acceso a la pareja del acusado, registran el inmueble y encuentran el depósito de armas, habiéndose acreditado que hubo consentimiento libremente emitido, por lo que no hay violación de la intimidad domiciliaria.

23/09/2020
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