"Se va a permitir la venta de estos bienes cuando las empresas a las que se han embargado estén sometidas a procedimientos concursales", ha explicado el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, que ha destacado que esta medida contribuirá a elevar los ingresos de la Seguridad Social.
Según ha explicado el Ministerio de Trabajo, cuando las empresas están sometidas a concurso de acreedores, la subasta suele ser el sistema habitual de adjudicación.
A partir de ahora, la venta por concurso o directa será una alternativa a la que podrá recurrir la Seguridad Social para devolver los bienes embargados a la actividad económica "cuanto antes" y evitar el depósito por tiempo indefinido de bienes en los almacenes de la Seguridad Social.
El Real Decreto contiene además otras modificaciones relacionados con el procedimiento recaudatorio, entre los destaca la adecuada comunicación de actos administrativos a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) o por el tablón virtual de anuncios y edictos de la Seguridad Social, lo que supondrá un ahorro de costes al eliminarse el papel en las notificaciones.
Además, la norma reordena supuestos específicos y previsiones relativas a reintegros, pagos e ingresos o colaboración voluntaria en la gestión de las entidades financieras.
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