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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
28 de junio de 2017

Validez de la renuncia de acciones en contratos bancarios

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por el cliente aplicando su doctrina sobre la renuncia de derechos pues en este caso no concurren los presupuestos para que se de esta y se confirme el contrato de permuta financiera suscrito con vicios del consentimiento.

Se plantea la interpretación y alcance de un documento de conformidad
y de renuncia de acciones firmado por el cliente en las desavenencias surgidas con
la entidad bancaria respecto a la ejecución de un contrato de permuta financiera
(swap). En concreto, se trata de valorar su incidencia en la acción de nulidad contractual
por vicio del consentimiento ejercitada por el cliente y, en su caso, la posible
confirmación del contrato suscrito.

El cliente solicitó a la entidad bancaria un préstamo hipotecario
cuya finalidad era, en parte, la adquisición del local de negocios para ejercer
su actividad profesional. Ante la tendencia alcista de los tipos de interés, la
entidad bancaria les ofertó una permuta financiera o «swap»; tras girarles una liquidación
negativa en el último ejercicio, y ante la imposibilidad de su pago, la entidad
le ofertó un nuevo préstamo para que pudiera hacer frente a las deudas derivadas
de la ejecución del «swap», firmando a la vez el cliente un documento por el que
reconocía haber sido debidamente informado y renunciaba a entablar futuras reclamaciones.

No obstante, ejercitó una acción de nulidad del contrato de permuta
financiera, al haberlo suscrito con un vicio de error en el consentimiento, solicitando
la recíproca devolución de las prestaciones realizadas.

Señala la Sala que en el presente caso no se trata de una renuncia
en el sentido propio, las demandantes se limitan a firmar un documento redactado
por la entidad bancaria, sin entrega previa del mismo para su examen y con el objeto
o condicionante de su necesaria suscripción para obtener financiación con la que
hacer frente a las liquidaciones negativas derivadas del «swap».

Además, la renuncia tampoco resulta clara e inequívoca, pues
el propio documento de confirmación se refiere, en relación con las aclaraciones
realizadas, a otro anterior del que, en las instancias previas, ha quedado probado
que contuvo una información insuficiente acerca del funcionamiento del producto
financiero y del riesgo derivado.

Por tanto, hay que entender nulo el contrato clip hipotecario,
por error excusable del consentimiento, cuando la entidad bancaria incumple su obligación
de realizar los test de idoneidad y conveniencia y no suministra al cliente una
información comprensible y adecuada sobre las características del producto y los
riesgos asociados.

STS Sala 1ª de 20 abril de 2017. EDJ 2017/44251

Fuente: ADN Jurídico

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Validez de la renuncia de acciones en contratos bancarios

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por el cliente aplicando su doctrina sobre la renuncia de derechos pues en este caso no concurren los presupuestos para que se de esta y se confirme el contrato de permuta financiera suscrito con vicios del consentimiento.

28/06/2017
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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