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Redactado por: Servicio de Estudios del REAF
4 de junio de 2013

Rescate del seguro de vida

He rescatado el seguro de vida, la entidad bancaria me ha hecho una retención de la misma forma que si fuera un depósito y quisiera saber si hay alguna variación a la hora de tributar los rendimientos.

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Los rescates de los seguros de vida tributan siguiendo el mismo régimen que las cantidades que se perciben anualmente. De esta manera el rescate debe integrarse como renta de capital mobiliario en la parte del ahorro. Igual que sucede con los intereses de cuentas, depósitos, dividendos no exentos. etc…

Si tuviera rendimientos negativos de capital mobiliario podrá compensarlos con la renta positiva del rescate del seguro de vida.​

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Rescate del seguro de vida

He rescatado el seguro de vida, la entidad bancaria me ha hecho una retención de la misma forma que si fuera un depósito y quisiera saber si hay alguna variación a la hora de tributar los rendimientos.

04/06/2013
Redactado por: Servicio de Estudios del REAF
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