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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
5 de febrero de 2018

Correr estando de baja por esguince de tobillo no es causa de despido

El TSJ entiende que correr en una carrera estando en situación de IT por esguince de tobillo es censurable y sancionable por el empresario, pero, no obstante, declara improcedente el despido disciplinario pues las circunstancias concurrentes revelan que la falta no fue de tal entidad para merecer esa sanción.

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El trabajador causa baja de IT
por AT por esguince de tobillo. En esta situación, el trabajador participa en
una carrera popular de 6 km acreditando un puesto de 189 sobre 700
participantes. La empresa, considerando esta actividad incompatible con la
situación de IT, despide al trabajador por transgresión de la buena fe
contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

Frente a sentencia que declaró el
despido procedente el trabajador presenta recurso de suplicación invocando la doctrina
gradualista en base a la cual toda sanción laboral ha de ser proporcionada a la
gravedad de la falta cometida, reservando la de despido para las más graves.

Señala el Tribunal que es
doctrina del TS que no basta con la mera transgresión de la buena fe
contractual o el abuso de confianza para declarar la procedencia del despido,
sino que es necesario que pueda calificarse de un incumplimiento grave y
culpable del trabajador.

En cuanto a las actividades
incompatibles con los procesos de IT que puedan justificar un despido, es
necesario que esa actividad entrañe un peligro para la curación de la
enfermedad o ponga de manifiesto la aptitud para el desempeño del trabajo.

En el caso analizado, la
patología que motivó la baja (esguince de tobillo) impedía que el trabajador
pudiera realizar su trabajo en el que debía permanecer de pié, por lo que. en
esta situación, correr en una carrera es censurable y sancionable por el
empresario, pero tenía que haberse moderado, ya que no se trata de un cúmulo de
actos o de varios actos que puedan agravar la enfermedad sino que se trata de
un acto concreto que, además, se frustra, pues el trabajador deja de correr
tras kilómetro y medio, volviendo a la salida, que a la vez era la meta,
accionándose el chip de marcaje de tiempos que iba con el dorsal, lo que le dio

Además, la decisión de correr
parece motivada por la propia satisfacción del trabajador –que no había sido
sancionado en 15 años de relación laboral- que quiere volver a la normalidad y
no por un ánimo lucrativo o ganar la carrera.

Por último, la falta muy grave
prevista en el convenio colectivo aplicable en la empresa, y alegado en la
carta de despido, no encaja en este supuesto pues se refiere a 3 supuestos
distintos de los de autos: simulación de enfermedad o accidente; trabajo por
cuenta propia o ajena durante la IT y manipulación para prolongar la baja por
accidente o enfermedad.

STSJ País Vasco Sala de lo Social de 20  junio de 2017. EDJ 2017/178118

Fuente: ADN Social​

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Correr estando de baja por esguince de tobillo no es causa de despido

El TSJ entiende que correr en una carrera estando en situación de IT por esguince de tobillo es censurable y sancionable por el empresario, pero, no obstante, declara improcedente el despido disciplinario pues las circunstancias concurrentes revelan que la falta no fue de tal entidad para merecer esa sanción.

05/02/2018
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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