Durante el encuentro, los interlocutores sociales han analizado la necesidad de trabajar en la búsqueda del máximo consenso para abordar la elaboración de la normativa que regule un nuevo sistema de cotización del tiempo parcial en el sistema de Seguridad Social.
La sentencia del Tribunal Constitucional declara inconstitucional y nula la regla segunda del apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley General de la Seguridad Social, en los términos en vigor desde 1998.
La sentencia no sólo afecta al cálculo de las cotizaciones realizadas en contratos a tiempo parcial a efectos de computar la carencia y, en su caso, porcentaje, para acceder a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad y paternidad, sino también a los contratos de trabajo fijo-discontinuo a tiempo parcial o completo.
El Gobierno y los interlocutores sociales han coincidido en el objetivo de evitar efectos perjudiciales para determinados colectivos.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social y los interlocutores sociales han acordado constituir un grupo de trabajo para la nueva regulación del sistema de cotización a tiempo parcial y la definición del factor de sostenibilidad.
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