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Redactado por: EUROPA PRESS
8 de marzo de 2012

Empleo dice en su web que el despido de 45 días era "prácticamente libre" y que por eso lo abarata

El ministerio de Empleo ha colgado en su página web (www.meyss.es) un listado de respuestas a 13 preguntas clave sobre la reforma laboral entre las que argumenta que ha suprimido el despido 'exprés', con indemnización de 45 días por año y 42 mensualidades en caso de improcedencia, porque "hacía que prácticamente el despido fuera libre".

Según señala, en los últimos años el 70% de los despidos se han realizado a través de esta modalidad, que desde la CEOE se ha considerado siempre muy costosa. Los empresarios han reiterado que se ha optado habitualmente por esta vía dadas las dificultades y la demora a la hora de demostrar la procedencia de los despidos.

Empleo explica que para evitar tal volumen de despidos ‘casi libres’, se ha optado por "otorgar una mayor seguridad jurídica a los trabajadores y una mayor transparencia a las relaciones laborales" y que, "por ello, se exige la causalidad en el despido".

"De esta forma, se objetivan las causas de la extinción del contrato de forma procedente cuya indemnización se mantiene en los 20 días y se generaliza la indemnización de 33 días para el despido improcedente". Tanto en un caso como en otro se reduce la indemnización y, en teoría, se dá más facilidad para el despido.

Admite que la reforma laboral no es suficiente

Por otro lado, a la pregunta de si la reforma laboral será suficiente para crear puestos de trabajo, Empleo admite que "es una medida necesaria pero no suficiente para que se comience a crear empleo en España", y que por eso "el Gobierno está impulsando una agenda de reformas con el objetivo de volver a la senda del crecimiento económico y que se cree empleo cuanto antes".

Asimismo, a la pregunta de "¿Qué ventajas tiene el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores?", Empleo explica que los emprendedores que contraten a un trabajador en paro, con independencia de su edad, podrán deducirse fiscalmente un importe equivalente al 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año.

Además, indica que el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo y que la empresa tendrá derecho a una deducción en su cuenta fiscal de 3.000 euros cuando contrate a su primer trabajador, siempre que tenga menos de 30 años.

Este contrato tiene un periodo de prueba de un año tras el cual puede despedirse al trabajador sin ningúna indemnización, que PSOE y sindicatos consideran inconstitucional.

Por último, el listado señala que "la reforma laboral amplía y profundiza en el diálogo social porque acerca la negociación colectiva a la realidad concreta donde se desarrollan las relaciones entre empresario y trabajadores".

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Empleo dice en su web que el despido de 45 días era "prácticamente libre" y que por eso lo abarata

El ministerio de Empleo ha colgado en su página web (www.meyss.es) un listado de respuestas a 13 preguntas clave sobre la reforma laboral entre las que argumenta que ha suprimido el despido 'exprés', con indemnización de 45 días por año y 42 mensualidades en caso de improcedencia, porque "hacía que prácticamente el despido fuera libre".

08/03/2012
Redactado por: EUROPA PRESS
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